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TIPS ADUANEROS

~ 3 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 14
014-2022

«LA DETERMINACIÓN DEL TERCER MÉTODO DE VALORACIÓN DEBE SER PRODUCTO DE UN INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE EL IMPORTADOR Y LA SUNAT. EN DICHO MARCO, LA ENTIDAD DEBERÍA REALIZAR LAS ACCIONES DE VERIFICACIÓN NECESARIAS NO SOLO PARA ESTABLECER EL VALOR EN CUESTIÓN, SINO TAMBIÉN PARA COMPROBAR DE MANERA INTEGRAL SI CORRESPONDE APLICAR UN AJUSTE POR UNA DIFERENCIA EN EL NIVEL COMERCIAL O EN LA CANTIDAD QUE INFLUYA EN EL PRECIO DEL PRODUCTO. LOS RESULTADOS DE DICHA COMPROBACIÓN DEBEN SER EXPUESTOS EN EL INFORME DE DETERMINACIÓN, COMO PARTE DE LA MOTIVACIÓN DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA DE AJUSTE DE VALOR»

CASACIÓN 9692-2017 LIMA (p. El Peruano 12/07/2022 pág. 1724)

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 3 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 13
013-2022

 

«LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA, PARA LA APLICACIÓN DEL CUARTO MÉTODO DE VALORACIÓN ADUANERA, NO PUEDE UTILIZAR VALORES ARBITRARIOS, YA QUE DEBE BASARSE EN INFORMACIÓN OBJETIVA QUE SUSTENTE SU APLICACIÓN»

CASACIÓN 3764-2017 LIMA (p. El Peruano 12/07/2022 pág. 1700)

 

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 3 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 12
012-2022

«SE INCURRE EN INTERPRETACIÓN ERRÓNEA DE LOS ARTÍCULOS 35° Y 39° DE LA LEY N° 28008, LEY DE DELITOS ADUANEROS, SI SE SOSLAYA LA INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA DE AMBOS ARTICULADOS Y NO SE TIENE EN CUENTA EL CARÁCTER ESTRICTAMENTE SANCIONADOR QUE TIENEN, ESTANDO A LA NATURALEZA DE LAS MEDIDAS PREVISTAS EN DICHOS TEXTOS NORMATIVOS»

CASACIÓN 18848-2018 AREQUIPA (p. El Peruano 11/07/2022 pág. 1673)

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 3 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 11
011-2022

«… PARA GOZAR DE LA RESTITUCIÓN DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS, LOS EXPORTADORES DEBERÁN INDICAR EN LA DECLARACIÓN PARA EXPORTAR LA VOLUNTAD DE ACOGERSE HA (SIC) DICHO TRATAMIENTO, CONTENIDA LA DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 7 DEL DECRETO SUPREMO 104-95-EF, REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN SIMPLIFICADOS DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS CON POSTERIORIDAD A LA DECLARACIÓN PARA EXPORTAR…»

CASACIÓN 8177-2015 LIMA (p. Diario Oficial El Peruano 03/06/2022 pág. 369)

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 3 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 10
010-2022

«EL CÓDIGO TRIBUTARIO NO CONTIENE ALGÚN LINEAMIENTO QUE PERMITA ENTENDER A LOS OPERADORES QUE EL RÉGIMEN GENERAL DE LA RENUNCIA TÁCITA A LA PRESCRIPCIÓN CONTENIDO EN EL CÓDIGO TRIBUTARIOSEA APLICABLE EN ESTE ÁMBITO, EN TAL MEDIDA, ATENDIENDO A LA RIGUROSIDAD INTERPRETATIVA QUE EXIGEN LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y RESERVA DE LEY DE NINGUNA DISPOSICIÓN TRIBUTARIA SE PODRÍA ENTENDER QUE LA PRESENTACIÓN DE UNA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO RESPECTO DE UNA DEUDA YA PRESCRITA CONFIGURE LA RENUNCIA TÁCITA A LA PRESCRIPCIÓN.

CASACIÓN 9642-2019 LIMA (p. Diario Oficial El Peruano 03/06/2022 pág. 386)

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 3 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 9
009-2022

  1. CUANDO EXISTA UNA ACE EN LA QUE SE DICTA UNA MEDIDA PREVENTIVA SOBRE LAS MERCANCÍAS, LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN ESTÁ SUJETA A EVALUACIÓN PREVIA Y DEBE SER ATENDIDA COMO TAL.
  2. SI EN EL MARCO DE UNA ACE SE PRESENTA UNA RECTIFICACIÓN DE LA DAM SUJETA A EVALUACIÓN PREVIA PARA LA APERTURA DE SERIES E INCORPORACIÓN DE FACTURAS NO DECLARADAS INICIALMENTE, ESTA DEBE SER EVALUADA EN CADA CASO PARTICULAR.

    INFORME 167-2020-SUNAT/340000 DEL 04/12/2020

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 3 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 8
008-2022

LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA SE RIGE POR LO ESTABLECIDO EN EL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS, QUE BUSCA ESTABLECER UN SISTEMA NUMÉRICO Y DE TEXTOS COMÚN, APLICANDO LAS REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN, DETERMINANDO LA SUBPARTIDA NACIONAL DE LAS MERCANCÍAS PARA CALCULAR LOS TRIBUTOS QUE CORRESPONDEN PAGAR EN SU NACIONALIZACIÓN, PARA DETERMINAR LOS REQUISITOS ADUANEROS QUE SE EXIGEN EN LA IMPORTACIÓN O EXPORTACIÓN SEGÚN CORRESPONDA, Y SI GOZA DE BENEFICIO TRIBUTARIO O ARANCELARIO.

CASACIÓN 1191-2019 LIMA (p. 06/04/2022) SUMILLA PÁG. 1047

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 2 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 7
007-2022

EL IGV GRAVA LA VENTA DE BIENES EFECTUADA EN EL PAÍS CUYO CONSUMO SE REALICE EN EL TERRITORIO NACIONAL Y NO EN EL QUE SE REALICE FUERA DE ÉSTE, EN CONGRUENCIA CON EL PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD, EN RAZÓN A QUE EL IGV COMO IMPUESTO INDIRECTO GRAVA LA MANIFESTACIÓN DE RIQUEZA EXPRESADA EN EL CONSUMO, Y QUE EN UNA OPERACIÓN INTERNACIONAL DE VENTA DE BIENES PARA LA EXPORTACIÓN QUE IMPLICA SU CONSUMO EN EL PAÍS DE DESTINO, COMO LA EFECTUADA EN EL CASO DEL PRESENTE PROCESO, NO SE ENCUENTRAN GRAVADAS CON EL IGV QUE ACOGE EL CRITERIO DE IMPOSICIÓN EXCLUSIVA EN EL PAÍS DE DESTINO.

CASACIÓN 25225-2018 LIMA (p. 06/04/2022) SUMILLA PÁG. 971

RICHARD CHUMBIAUCA

TIPS ADUANEROS

~ 2 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 6
006-2022

EL «MANIFIESTO» TIENE CALIDAD DE DOCUMENTO QUE RESPALDA CON SU CONTENIDO INFORMATIVO EL ENVÍO DE ENTREGA RÁPIDA, COMUNICANDO A LA ADUANA EL DETALLE DE LA MERCANCÍA, POR LO QUE NO SE ENCUENTRA RELACIONADO CON LOS ARTÍCULOS 12 Y 13 Y EL TÍTULO VIII DEL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN ADUANERO ESPECIAL DE ENVÍOS DE ENTREGA RÁPIDA, REFERIDOS AL ACTO DE DECLARACIÓN ADUANERA Y A LAS NORMAS DE SALIDA O DE EXPORTACIÓN.

CASACIÓN 6529-2017 LIMA (p. 04/03/2022) SUMILLA PÁG. 226

RICHARD CHUMBIAUCA

 

TIPS ADUANEROS

~ 2 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 5
005-2022

SE AÑADIRÁN AL PRPPP POR LAS MERCANCÍAS IMPORTADAS LOS CÁNONES Y DERECHOS DE LICENCIA RELACIONADOS CON LAS MERCANCÍAS OBJETO DE VALORACIÓN QUE EL COMPRADOR TEMNGA QUE PAGAR DIRECTA O INDIRECTAMENTE COMO CONDICIÓN DE VENTA DE LAS MERCANCÍAS, EN LA MEDIDA EN QUE EOLLOS NO ESTÉN INCLUIDOS EN EL PRPPP.

CASACIÓN 3740-2016 LIMA (p. 14/02/2022) SUMILLA PÁG. 533

RICHARD CHUMBIAUCA

 

TIPS ADUANEROS

~ 2 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 4
004-2022

 

LA REVISIÓN DEL TRANSBORDO DE LAS MERCANCÍAS POR PARTE DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS RESPECTIVAS, CONSTITUYE VIGILANCIA ADUANERA (APLICABLE A REQUISITO DE EXPEDICIÓN DIRECTA)

CASACIÓN 7755-2017 LIMA (p. 14/02/2022) SUMILLA PÁG. 69

RICHARD CHUMBIAUCA.

 

TIPS ADUANEROS

~ 2 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 3
003-2022

LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ZONA PRIMARIA REGULADA EN EL ART. 115 DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS, CONSTITUYE UNA SOLICITUD NO CONTENCIOSA VINCULADA A LA DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA; POR ENDE, SU DENEGATORIA SERÁ APELABLE ANTE EL TRIBUNAL FISCAL, CONFORME A LOS ARTÍCULOS 162 Y 163 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO.

CASACIÓN 29229-2018 LIMA (p. 23/01/2022) SUMILLA PÁG. 678

RICHARD CHUMBIAUCA.

 

TIPS ADUANEROS

~ 1 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 2
002-2022

ES IRRAZONABLE EL COBRO DE INTERESES MORATORIOS GENERADOS POR EL PLAZO EN EXCESO EN RESOLVER LOS RECURSOS DE RECLAMACIÓN Y APELACIÓN POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

CASACIÓN 6829-2016 LIMA (p. 23/01/2022) SUMILLA PÁG. 138

RICHARD CHUMBIAUCA.

TIPS ADUANEROS

~ 1 agosto 2022 ~

TIP ADUANERO 1
001-2022

CONSIDERANDO QUE EN LA TRANSACCIÓN NO SE HAN CONCEDIDO DESCUENTOS POR EL NIVEL COMERCIAL, SE COLIGE QUE LAS ATRIBUCIONES Y PRERROGATIVAS OTORGADAS POR DICHO PROVEEDOR ERAN LAS MISMAS QUE LA DECLARACIÓN ADUANERA (DAM) UTILIZADA COMO REFERENCIA, CONSECUENTEMENTE, COMPARABLES A FIN DE APLICAR EL TERCER MÉTODO DE VALORACIÓN DE LAS MERCANCÍAS SIMILARES.

CASACIÓN 6509-2017 LIMA (p. 23/01/2022) SUMILLA PÁG. 126

RICHARD CHUMBIAUCA.

 

Poder ejecutivo presenta el proyecto para modificación tributaria

~ 27 octubre 2021 ~

El Ejecutivo ha presentado Proyecto de ley al Congreso para delegar facultades en ámbito tributario. Dos iniciales comentarios: 1) Aun no se ha otorgado confianza al Gabinete; 2) El proyecto propone aumentar la presión tributaria acorde con países de OCDE. La presión tributaria en Perú es 16%. En cambio la presión tributaria es países de OCDE es mayor a 36%. Con el nivel de informalidad en el Perú, mayor al 85% y en plena pandemia, es claro que no se va a llegar a ese objetivo. Subirá mucho la exigencia a los que actualmente son formales.

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