TIPS ADUANEROS
TIP ADUANERO 14
014-2022
«LA DETERMINACIÓN DEL TERCER MÉTODO DE VALORACIÓN DEBE SER PRODUCTO DE UN INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE EL IMPORTADOR Y LA SUNAT. EN DICHO MARCO, LA ENTIDAD DEBERÍA REALIZAR LAS ACCIONES DE VERIFICACIÓN NECESARIAS NO SOLO PARA ESTABLECER EL VALOR EN CUESTIÓN, SINO TAMBIÉN PARA COMPROBAR DE MANERA INTEGRAL SI CORRESPONDE APLICAR UN AJUSTE POR UNA DIFERENCIA EN EL NIVEL COMERCIAL O EN LA CANTIDAD QUE INFLUYA EN EL PRECIO DEL PRODUCTO. LOS RESULTADOS DE DICHA COMPROBACIÓN DEBEN SER EXPUESTOS EN EL INFORME DE DETERMINACIÓN, COMO PARTE DE LA MOTIVACIÓN DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA DE AJUSTE DE VALOR»
CASACIÓN 9692-2017 LIMA (p. El Peruano 12/07/2022 pág. 1724)
RICHARD CHUMBIAUCA.